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¿Qué supondrá para Ceuta pasar a Fase 3? Conoce aquí todos los detalles

Redacción Por Redacción
8 junio, 2020, 12:12
En Actualidad, Coronavirus, Portada, Sanidad
4 minutos
Los bares podrán usar la zona interior con un 40% de aforo y las playas aún sin concretar

Imagen de archivo / Antonio Sempere

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Tanto la Ciudad como el INGESA han asegurado que solicitarán el pase a la Fase 3 de la desescalada después de haber focalizado y estabilizado el repunte de casos. Esta es la última fase antes de la “nueva normalidad” y con ella llegan importantes novedades en todos los aspectos

Ceuta solicitará pasar a la Fase 3 de la desescalada “a la mayor brevedad posible”. Esto podría suponer que la ciudad entrase en Fase 3 a partir del 15 de junio, aunque el director territorial del INGESA, Jesús Lopera, ha condicionado la decisión al “comportamiento ciudadano”. En cualquier caso, sea a partir del día 15 o en otro momento, la Fase 3 en Ceuta supondrá importantes novedades.

Los negocios de hostelería y comercio, los principales en la ciudad, podrán ampliar su aforo. En el caso de los comercios, podrán abrir sus puertas con un aforo del 50%, mientras que parques y centros comerciales lo harán con un aforo de un 40% en zonas comunes y un 50% dentro los locales comerciales.

Bares y restaurantes podrán atender al público en el interior de sus locales con una capacidad del 50%; en la barra también se podrá consumir guardando distancia de seguridad entre clientes; y las terrazas amplían su aforo máximo a un 75% de su capacidad. Los locales de ocio nocturno, que en principio no podían abrir todavía, podrán funcionar siempre que se respete la distancia de seguridad, con un 30% del aforo total y sin pista de baile.

Actividades culturales

En las bibliotecas podrán realizarse actividades culturales, siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado. Podrá también permitirse el estudio en sala, siempre que se den las condiciones necesarias según la dirección de la biblioteca, y no se supere el 50% del aforo autorizado.

En los museos y salas de exposiciones el aforo permitido será del 50%. En las actividades educativas, conferencias, talleres, conciertos y, en general, programas públicos, se limitará la asistencia al número de personas que permita mantener la distancia de seguridad interpersonal de 2 metros.

Los monumentos y otros equipamientos culturales serán accesibles para el público siempre que las visitas no superen la mitad del aforo autorizado. Los responsables de los inmuebles permitirán únicamente las visitas individuales, de convivientes o de grupos de hasta 20 personas.

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Todos los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad, siempre que cuenten con butacas preasignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.

Actividades físico-deportivas

Los deportistas integrados en clubes participantes en ligas no profesionales federadas podrán realizar entrenamientos de tipo medio, consistentes en el ejercicio de tareas individualizadas de carácter físico y técnico, así como en la realización de entrenamientos tácticos no exhaustivos dirigidos a la modalidad deportiva específica, en pequeños grupos de varios deportistas hasta un máximo de 20, manteniendo las distancias de seguridad y evitando contacto físico. Podrán utilizar las instalaciones que tengan a su disposición, cumpliendo las medidas establecidas por las autoridades sanitarias.

Si se optara por el régimen de entrenamiento en concentración se deberá cumplir con las medidas establecidas por las autoridades sanitarias y el Consejo Superior de Deportes. Tanto si se requiere el servicio de residencia como la apertura de los servicios de restauración y cafeterías, se deberán cumplir las medidas establecidas.

Podrán realizarse reuniones técnicas de trabajo con un máximo de 20 participantes.

Las sesiones de entrenamiento no contarán con presencia de personal auxiliar, ni de utileros, reduciéndose el personal del centro de entrenamiento al número mínimo suficiente para prestar el servicio.

Actividades de tiempo libre para población infantil y juvenil

Cuando el desarrollo de las actividades se lleve a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores.

Cuando las actividades se realicen en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual; con un máximo de 80 participantes, incluyendo los monitores.

Durante el desarrollo de las actividades se deberá organizar a los participantes en grupos de hasta un máximo de 10 personas, incluido el monitor. En la medida de lo posible, las actividades e interacciones se restringirán a los componentes de cada uno de estos grupos.

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